🏠 Requerimiento en Mora al Arrendatario: Trámite Prejudicial Ley 820 y Cobro a Fiadores en Colombia
Cómo redactar y notificar legalmente el requerimiento en mora al inquilino y fiadores por cánones atrasados o servicios públicos: plazos obligatorios de la Ley 820 de 2003, preservación del mérito ejecutivo y prevención de demandas por desalojo arbitrario.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo cobrar la cláusula penal junto con los cánones de arrendamiento adeudados?Sí, siempre que en el contrato se haya estipulado expresamente que la pena se causa por el solo retardo o incumplimiento y que su cobro no extingue la obligación principal de pago ni el reclamo de cánones vencidos.
- ¿Qué pasa si el inquilino rehúsa recibir la carta física de cobro?La constancia expedida por la empresa postal certificada con la causal 'rehusado' o 'no atiende' surte efectos de notificación formal si fue remitida a la dirección contractual pactada (Art. 12 Ley 820 de 2003).
- ¿El requerimiento en mora presta mérito ejecutivo?El requerimiento no es un título ejecutivo por sí mismo, pero junto con el contrato original de arrendamiento y las facturas de servicios impagadas conforma el título ejecutivo complejo suficiente para embargar bienes.
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Contratos y Tutelas · Biblioteca Jurídica Colombia 2026